miércoles, 5 de septiembre de 2012

CONVOCATORIA AYUDAS "PLAN DE FOMENTO DEL EMPRENDEDOR AUTÓNOMO Y PYME"


En el día de hoy se han convocado , para el ejercicio 2012, las ayudas relativas al Plan de fomento al emprendedor autónomo y pyme destinadas a las iniciativas de autoempleo en Castilla La Mancha.

Las líneas de ayudas subvencionables serán:

a)      Empléate: Ayuda al establecimiento por cuenta propia del emprendedor.

b)      Consolídate: Ayuda a la consolidación del emprendedor.

a.       Conciliación de la vida laboral, familiar y personal del titular del establecimiento en Alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de trabajadores autónomos o en la Mutualidad del Colegio profesional correspondiente, promoviendo el manteniendo de la actividad en los supuestos de maternidad, adopción o acogimiento preadoptivo. La ayuda estará condicionada a que la titular emprendedora contrate por primera vez a jornada completa o a tiempo parcial a una persona desempleada e inscrita como demandante de empleo en las oficinas de empleo de Castilla La Mancha, que realice su trabajo en la actividad emprendedora sustituyendo al a misma, pudiéndose iniciar el contrato desde ocho semanas con anterioridad al nacimiento, o cuatro semanas antes de la adopción. Se excluye la contratación de familiares hasta el segundo grado por consanguinidad o afinidad.

b.      Autónomo colaborador del titular del establecimiento que cause alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente.

c)       Tutélate: Ayuda para asistencia técnica al emprendedor. Se financia parcialmente la contratación, durante la puesta en marcha de la actividad, de los servicios externos necesarios para mejorar el desarrollo de la actividad profesional, así como la realización de estudios de viabilidad, organización, comercialización, diagnosis u otros de naturaleza análogo.

IMPORTANTE: Serán objeto de estas ayudas las acciones que se lleven a cabo por trabajador por cuenta propia a título principal o por el colaborador, cuya fecha de alta en e RETA o en la Mutualidad se hubiera producido entre el 1 de septiembre de 2011 y el 31 de julio de 2012.

 

Beneficiarios:

a)      Las personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo, en las Oficinas de Empelo de Castilla-La Mancha, con carácter previo al inicio del a actividad como trabajador autónomo o colaborador.

b)      En el caso de la ayuda destinada a conciliar la vida laboral, familiar y personal de la titular del establecimiento, será beneficiaria la mujer que se encuentre en alta en el RETA o en la mutualidad y contrate por primera vez a jornada completa o a tiempo parcial a una persona desempleada e inscrita como demandante de empleo en las oficinas de empleo de Castilla La Mancha para sustituir a la titular.

 

La actividad empresarial no podrá simultanearse con cualquier otra actividad por cuenta ajena.

 

No podrá ser beneficiarios:

a)      Los socios de sociedades mercantiles y de cooperativas.

b)      Los trabajadores autónomos o por cuenta propia que formen parte de comunidades de bienes o sociedades civiles.

c)       Los socios trabajadores o de trabajo de las empresas de Economía Social.

d)     Aquellos trabajadores que en los dos años anteriores al alta en la Seguridad Social, o Mutualidad del Colegio Profesional que corresponda, hubiera ejercida la misma o similar actividad como emprendedor autónomo a título principal o como autónomo colaborador.

e)  Aquellos trabajadores que en el año anterior al alta en la Seguridad Social, o Mutualidad del Colegio Profesional que corresponda, hubieran ejercido cualquier actividad como emprendedor autónomo a título principal o como autónomo colaborador.

f) Aquellas personas que hayan sido beneficiarias de ayudas económicas al autoempleo, concedidas por la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha, en los cinco años anteriores a la fecha de solicitud de la ayuda, para el ejercicio de la actividad emprendedora autónoma a título principal o como autónomo colaborador.

g) Los proyectos empresariales que se encuadren en los sectores agrario, ganadero o forestal.

 

Plazo de presentación: El período de presentación de las solicitudes de ayuda, se extenderá desde el día 6 de septiembre hasta el próximo día 10 de noviembre de 2012.

 
Enlace de la copia de la Convocatoria publicada en el día de hoy:
http://docm.jccm.es/portaldocm/descargarArchivo.do?ruta=2012/09/05/pdf/2012_12579.pdf&tipo=rutaDocm
Para más información pueden ponerse en contacto con nosotros, o bien acudir a la web de la junta: www.castillalamancha.es

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