lunes, 24 de junio de 2013

STARTUP Y VENTURE CAPITAL

Autor: Rafael Sancho, Director CEEI Talavera de la Reina-Toledo


STARTUP

Estamos en un momento en el que el emprendimiento es la clave para muchos emprendedores con ideas e iniciativas innovadoras y diferentes. Y dentro del mundo del emprendimiento cada vez es más frecuente hablar de las Startup, una gran desconocida que vamos a intentar hacerla más cercana a todos.

Una startup es una empresa de nueva creación que cuenta con unas grandes posibilidades de crecimiento y por tanto de éxito, y que habitualmente dispone de un modelo de negocio escalable, es decir, son modelos de negocios que son capaces de generar ingresos de forma más rápida de lo que crece su estructura de costes. Aunque una startup puede aplicarse a cualquier actividad empresarial, es habitual identificarlo más frecuentemente con empresas que disponen de un fuerte componente tecnológico y habitualmente están relacionados con el mundo de Internet y las TICs.

Este tipo de empresas suelen llevar aparejados unas menores necesidades de financiación para su puesta en marcha, por lo que contrariamente a otros tipos de empresas, suelen nacer mediante aportaciones de socios y especialmente mediante la incorporación de inversores privados que apuestan por ideas innovadoras.

Es interesante recalcar también que la mayoría de estas empresas terminan siendo vendidas a empresas grandes, principalmente por las posibilidades de crecimiento que tienen.

Casos de éxito de startups hay bastantes, quizás los más conocidos son: Google, Twitter, Facebook, Tuenti, todas ellas se han convertido en grandes empresas. Uno de los ejemplos más reciente de startup, es la aplicación Instagram, que ha sido adquirida por Facebook debido precisamente a lo que comentábamos anteriormente, sus posibilidades de crecimiento, que son muy interesantes para esta Red Social, por las opciones que le ofrece.

VENTURE CAPITAL

Cada día es más frecuente en proyectos con un alto potencial de crecimiento y éxito, buscar financiación alternativa a las tradicionales FFF (Friends, family y fools).

Una de las vías de financiación alternativa son los Venture Capital, o Capital Riesgo, son fondos de inversión que deciden apostar por una idea e invertir en las mismas, buscando una rentabilidad mayor que la que se puede lograr a través de otros fondos.

Estas Venture Capital suelen entran en un momento de mayor madurez de las empresas, donde el riesgo aun siendo alto, está algo más controlado, no suelen implicarse en la gestión de las empresas y buscan ante todo la rentabilidad que hemos comentado anteriormente. Precisamente por esta última razón, no suelen buscar vinculación personal con las ideas ni se rigen por cuestiones de cercanía y finalmente comentar que las cantidades que suelen ser aportadas por los inversores suelen ser altas.

La financiación alternativa se convierte en una vía cada vez más frecuente de búsqueda de inversión, y entorno a ello surgen varias alternativas, la próxima semana hablaremos de los Business Angels, sistema de financiación alternativa que gestionan los CEEI´s de CLM a través de la Red GOBAN de Business Angels de Castilla La Mancha.

miércoles, 19 de junio de 2013

AVAL Y POLIZA DE CRÉDITO

Autor: Rafael Sancho, Director CEEI Talavera de la Reina-Toledo
 
AVAL
Cada día es más frecuente, cuando se realizan determinadas operaciones bancarias, y especialmente en operación de préstamo, escuchar la necesidad o no de presentar aval. Estos avales son habitualmente dinerarios. Vamos a explicar un poquito más el concepto de aval.
Tal y como la mayoría concibe el aval, es un compromiso solidario de cumplimiento de obligaciones por parte de una persona que garantiza a un tercero, que ha prestado el dinero o los bienes, que recibirá la cantidad o prestación pactada, en el caso de que el deudor no cumpla con su obligación de pago. En el contrato de aval cada una de estas partes recibe un nombre, el tercero que presta el dinero es el beneficiario, el deudor del tercero es el avalado, y el que garantiza y se obliga a pagar en caso de incumplimiento es el avalista, y según esto el avalista garantiza al beneficiario del aval que en caso de no cubrirse los pagos pactados, responderá de la deuda del avalado.
Al principio hemos dicho solidario porque el beneficiario podrá exigir las cantidades pendientes tanto al avalado como al avalista, indistintamente. Pero es interesante conocer otros aspectos de funcionamiento del aval.
El primero es que el deudor responde del cumplimiento de sus obligaciones con los bienes presentes y futuro, y en consecuencia el avalista cubre las responsabilidades del deudor con sus bienes actuales y los que pudiera tener en el futuro.
Y en segundo lugar, que en ausencia de capacidad económica por parte del avalado, lo más frecuente es el embargo de los bienes del avalista. No obstante, si el avalista al final responde de sus deudas, también tiene la opción de reclamar al avalado la deuda que ha pagado en su nombre al tercero o beneficiario.
La duración de este aval, normalmente se pacta por escrito, y se extingue bien por llegar el plazo pactado o bien por haberse extinguido la obligación que se garantizó.
POLIZA DE CRÉDITO
La Póliza de Crédito es unos de los productos financieros más frecuentemente solicitados por las empresas, pero paradójicamente es uno de los peor utilizados, ya que se emplea como fórmula de financiación permanente, y contrariamente a ello, las empresas deben considerar la Póliza de Crédito como un sistema puntual de financiación.
La póliza de crédito es en realidad un préstamo, por el cual, las empresas pueden disponer de un capital prestado hasta el límite pactado, durante un tiempo determinado,  y pueden ir haciendo uso del mismo según sus necesidades, es decir, no se cobra la totalidad de la Póliza sino que se tiene a disposición el dinero y se va utilizando en función de necesidades. Esto implica que sólo se pagarán los intereses por el capital utilizado y nunca por la totalidad del crédito solicitado.
Pero, tal y como hemos comentado no debe convertirse en un instrumento de financiación permanente, porque lleva aparejado una serie de costes en comisiones e intereses, bastante alto. Debemos evitar un uso indebido, así por ejemplo, si queremos financiar la adquisición de activos fijos, como maquinarias o vehículos, es mejor que utilicemos el leasing, sin embargo, es la fórmula ideal para necesidades puntuales de tesorería. Debemos hacer un uso racional de esta fórmula.

martes, 11 de junio de 2013

LETRAS DEL TESORO, BONOS DEL ESTADO Y OBLIGACIONES DEL ESTADO

Autor: Rafael Sancho, Director CEEI Talavera de la Reina-Toledo
 
Si recordáis al principio de comenzar estos artículos, hablamos en una ocasión de la Deuda Pública como la medida que utilizan los Estados para financiarse. Hoy vamos a comentar los distintos tipos de deuda pública que emite el Tesoro Público Español con este objetivo. Hay tres tipos de Deuda Pública: Letras, bonos y obligaciones.
A través de la Deuda Pública los inversores prestan al Estado cierta cantidad de dinero, que llegado el momento del vencimiento, será devuelto con los intereses que se hayan pactado. La principal diferencia, entre los tipos que se han comentado anteriormente, se encuentra en los períodos de vencimiento de cada uno de ellos.
LETRAS DEL TESORO
Las letras del Tesoro se crean en 1987 cuando se puso en marcha el llamado Mercado de Deuda Pública en Anotaciones, llamado así porque nuestros derechos quedan anotados y registrados en un archivo.
Se trata de inversiones o préstamos al Estado con fecha de vencimiento siempre inferior a 18 meses. Las letras se emiten a tres, seis, doce y dieciocho meses, de esta manera se convierte en un activo o préstamo seguro y rápidamente liquidable para inversiones a corto/medio plazo. Las letras se suelen emitir mensualmente y se pueden adquirir tanto en los llamados mercados primarios (las letras que son emitidas directamente por el Estado) como de los llamados mercados secundarios (estos mercados funcionan cuando se compra a alguien que ya dispone de este activo y quiere deshacerse de él, antes de que llegue su fecha de vencimiento), para estas compras se suelen utilizar alguna de estas vías:
a)      Directamente con la entidad financiera, cuando adquirimos tanto directamente al Estado, como a otros inversores que quieren vender su deuda antes de tiempo.
b)      A través del Banco de España, para mercados secundarios.
Las Letras del Tesoro se emiten “al descuento”, lo que quiere decir que se descuenta al inversor el importe de los intereses de la compra. Un ejemplo: Si nosotros queremos invertir 1.000 € en Letras, pagaremos 975 € al Estado, y cuando llegue el vencimiento, éste nos devolverá 1.000€, habremos conseguido una ganancia de 25 €, es decir, un 2,5% de rentabilidad.
BONOS DEL ESTADO
Los Bonos del Estado son inversiones a medio/largo plazo, ya que su plazo de vencimiento oscila entre dos, tres o cinco años. Al igual que ocurre con las Obligaciones, la rentabilidad o los intereses a obtener están determinados previamente, en el momento de su adquisición, es decir, se conoce la rentabilidad que se va a lograr con los mismos, y el reembolso de la misma se hace mediante cupones anuales, ésta es la principal diferencia con las Letras, cuyo reembolso se obtiene en el plazo de vencimiento fijado.
Al igual que en el caso de las Letras, su emisión es mensual y se pueden adquirir tanto en mercados primarios, como en secundarios
OBLIGACIONES DEL ESTADO.
La única diferencia entre Bonos y  Obligaciones del Estado son el plazo de reembolso de la inversión, ya que en el caso de Obligaciones nos encontramos con inversiones a Largo plazo, puesto que su emisión puede ser de 10, 15 y 30 años, aunque de todas ellas, las más habituales y frecuentes son las obligaciones a 10 años.
Debemos decir que la diferencia de la rentabilidad entre unos y otros viene determinado por la preferencia del inversor en conseguir rentabilidad (comprará Bono u Obligaciones que disponen de una mayor rentabilidad) o su preferencia en tener disponibilidad y liquidez (en cuyo caso se adquirirá  Letras, que se devuelven más rápidamente pero su rentabilidad es menor).
Si cualquier inversor tuviera interés en obtener información sobre la emisión de deuda pública del Estado y desea contratarla sin coste, se puede obtener la información deseada en la página web del Tesoro Público: www.tesoro.es

jueves, 6 de junio de 2013

EURIBOR Y TAE

Autor: Rafael Sancho, Director CEEI Talavera de la Reina-Toledo
 
EURIBOR
Este término es el acrónimo de Euro Interbank Offered Rate, es decir, tipo europeo de oferta interbancaria.
Partiendo de la definición de su acrónimo, parece difícil identificar el concepto que tenemos todos de Euribor ligado a los intereses que debemos pagar a las hipotecas o a los créditos. Pero el origen del Euribor que se nos aplica a todos los que tenemos hipoteca se encuentra ahí precisamente, en los intereses que se aplican los bancos en los préstamos de dinero que se realizan entre sí.
Diariamente los bancos se prestan dinero, y su interés varía en función de una serie de conceptos: solvencia, cantidad, tiempo… Si la solvencia del banco receptor es alta, el interés será más pequeño y si la solvencia es baja, el tipo será mayor.
En este intercambio de dinero y en los tipos de interés que se aplican entre ellos, es donde tenemos el valor del Euribor. Cada día los principales bancos europeos informan del tipo de préstamo que han realizado y el interés aplicado a los mismos. La Agencia Reuters encargada de realizar su cálculo, elimina el 15% superior e inferior, y sobre los datos restantes, realiza una media. Y esta media se calcula para cada plazo por el que se presta el dinero (una semana, un mes, tres meses, un año), de ahí que tengamos los distintos tipos de Euribor: Euribor a un mes, Euribor a tres meses, Euribor a seis meses, Euribor a un año.
Reuters comunica a mediodía, el dato obtenido con el cálculo diario realizado, así tenemos el interés interbancario de un día, para obtener el cómputo del Euribor a un mes, se hace la media de este dato aplicado a todos los días del mes, y este es el dato que se publica mensualmente, si lo que queremos es conocer el dato anual, lo que se hace es la media mensual de los 12 meses, para fijar el Euribor a un año.
Como los particulares, solemos ser más insolventes que los Bancos, de ahí que cuando firmemos una hipoteca se nos aplique el concepto de Euribor + 0,75%, que es la penalización que pagamos por esa circunstancia. De aquí la ligazón entre Euribor Interbancario y el Euribor que se nos aplica a nuestras hipotecas.
TAE
Este término es el acrónimo de Tasa Anual Equivalente y su significado suele ser una gran incógnita para cualquier cliente de banco o caja, acostumbrado a escuchar este término, pero sin saber realmente lo que significa, aunque siempre está ligado a los depósitos bancarios que realizamos o a las hipotecas o préstamos personales que solicitamos.
En definitiva el TAE es el interés al que el banco nos realizará el préstamo o el interés o rentabilidad que el banco nos aplicará a los ingresos que realicemos. El objetivo del TAE es facilitarnos la comparación de los productos financieros, que, de otra forma, nos llevaría a confusión. Pongamos un ejemplo para aclarar este punto.
Realizamos un depósito a un año de 1.000 € a un tipo de interés del 10%, en un banco nos liquidan intereses mensualmente y el otro nos liquida anualmente. Con el primero recibiremos 104,71 €, y el otro nos liquidará 100 €, y esto a pesar de ser aparentemente similares. La diferencia estriba en el hecho de que al liquidarnos mensualmente lo intereses, al mes siguiente contamos con más capital y por tanto se nos aplicará más intereses. En resumen, la rentabilidad real del primer depósito es del 10,47% y la del segundo del 10%. Es decir, la Tasa Anual Equivalente del primer depósito coincide con el interés nominal, pero en el segundo caso no.
Para que podamos decidir entre varios productos financieros, sin volvernos muy locos, debemos acudir al TAE, ya que éste nos ayuda a determinar la rentabilidad real que obtendremos por un depósito a un año, o los intereses a aplicar en un crédito a un año.