Autor: Rafael Sancho, Director CEEI Talavera de la Reina-Toledo
Si recordáis al principio de comenzar estos
artículos, hablamos en una ocasión de la Deuda Pública como la medida que
utilizan los Estados para financiarse. Hoy vamos a comentar los distintos tipos
de deuda pública que emite el Tesoro Público Español con este objetivo. Hay
tres tipos de Deuda Pública: Letras, bonos y obligaciones.
A través de la Deuda Pública los inversores
prestan al Estado cierta cantidad de dinero, que llegado el momento del
vencimiento, será devuelto con los intereses que se hayan pactado. La principal
diferencia, entre los tipos que se han comentado anteriormente, se encuentra en
los períodos de vencimiento de cada uno de ellos.
LETRAS DEL TESORO
Las letras del Tesoro se crean en 1987 cuando
se puso en marcha el llamado Mercado de Deuda Pública en Anotaciones, llamado
así porque nuestros derechos quedan anotados y registrados en un archivo.
Se trata de inversiones o préstamos al Estado
con fecha de vencimiento siempre inferior a 18 meses. Las letras se emiten a tres,
seis, doce y dieciocho meses, de esta manera se convierte en un activo o
préstamo seguro y rápidamente liquidable para inversiones a corto/medio plazo.
Las letras se suelen emitir mensualmente y se pueden adquirir tanto en los
llamados mercados primarios (las letras que son emitidas directamente por el
Estado) como de los llamados mercados secundarios (estos mercados funcionan cuando
se compra a alguien que ya dispone de este activo y quiere deshacerse de él,
antes de que llegue su fecha de vencimiento), para estas compras se suelen utilizar
alguna de estas vías:
a)
Directamente con la entidad financiera, cuando adquirimos tanto
directamente al Estado, como a otros inversores que quieren vender su deuda
antes de tiempo.
b)
A través del Banco de España, para mercados secundarios.
Las Letras del Tesoro se emiten “al
descuento”, lo que quiere decir que se descuenta al inversor el importe de los
intereses de la compra. Un ejemplo: Si nosotros queremos invertir 1.000 € en
Letras, pagaremos 975 € al Estado, y cuando llegue el vencimiento, éste nos
devolverá 1.000€, habremos conseguido una ganancia de 25 €, es decir, un 2,5%
de rentabilidad.
BONOS DEL ESTADO
Los Bonos del Estado son inversiones a
medio/largo plazo, ya que su plazo de vencimiento oscila entre dos, tres o
cinco años. Al igual que ocurre con las Obligaciones, la rentabilidad o los
intereses a obtener están determinados previamente, en el momento de su
adquisición, es decir, se conoce la rentabilidad que se va a lograr con los
mismos, y el reembolso de la misma se hace mediante cupones anuales, ésta es la
principal diferencia con las Letras, cuyo reembolso se obtiene en el plazo de
vencimiento fijado.
Al igual que en el caso de las Letras, su
emisión es mensual y se pueden adquirir tanto en mercados primarios, como en
secundarios
OBLIGACIONES DEL
ESTADO.
La única diferencia entre Bonos y Obligaciones del Estado son el plazo de
reembolso de la inversión, ya que en el caso de Obligaciones nos encontramos
con inversiones a Largo plazo, puesto que su emisión puede ser de 10, 15 y 30
años, aunque de todas ellas, las más habituales y frecuentes son las
obligaciones a 10 años.
Debemos decir que la diferencia de la
rentabilidad entre unos y otros viene determinado por la preferencia del
inversor en conseguir rentabilidad (comprará Bono u Obligaciones que disponen
de una mayor rentabilidad) o su preferencia en tener disponibilidad y liquidez
(en cuyo caso se adquirirá Letras, que
se devuelven más rápidamente pero su rentabilidad es menor).
Si cualquier inversor tuviera interés en
obtener información sobre la emisión de deuda pública del Estado y desea
contratarla sin coste, se puede obtener la información deseada en la página web
del Tesoro Público: www.tesoro.es
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